Soluciones rápidas, eficientes y confiables para la resolución de conflictos. Autorizado mediante R.D. N° 201-2021-JUS/DNJ-DCMA.
Brindamos el servicio de Conciliación Extrajudicial, ofreciendo a las partes un espacio especializado para dialogar, alcanzar acuerdos y resolver sus controversias de manera ágil, confidencial y eficaz, evitando, cuando sea posible, el inicio de un proceso judicial.
Contamos con personal eficiente, profesionales especializados y conciliadores extrajudiciales debidamente acreditados, comprometidos con brindar una atención responsable, imparcial y orientada a la búsqueda de soluciones satisfactorias para las partes.
Atención profesional y personalizada durante todo el procedimiento.
Conciliadores extrajudiciales debidamente acreditados ante el MINJUSDH.
Procedimientos ágiles y eficientes, con plazos claros.
Atención con imparcialidad, confidencialidad y respeto.
Orientación durante las diferentes etapas del procedimiento.
Facilidades para la atención presencial y/o virtual. Amplia sala de audiencia.
Las materias conciliables son todos aquellos conflictos o pretensiones que versan sobre derechos disponibles de las partes y que pueden resolverse mediante un acuerdo extrajudicial sin necesidad de ir a un juicio.
El artículo 18° de la Ley de Conciliación señala que el Acta con acuerdo conciliatorio constituye título ejecutivo. Los derechos, deberes u obligaciones ciertas, expresas y exigibles que consten en dicha acta se ejecutan a través del Proceso Único de Ejecución.
Deudas, alquileres, desalojos, indemnizaciones, contratos y más.
Alimentos, régimen de visitas, tenencia y liquidación de bienes.
Resolución de contrato, ampliación de plazo, valorizaciones y pagos.
Centro autorizado mediante R.D. N° 201-2021-JUS/DNJ-DCMA.
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